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Presidente Piñera promulga ley que sanciona comercio ilegal en Chile
Autor: Pavel Burton, publicado el
La normativa entregará mejores herramientas a las policías y municipios, y además sus responsables arriesgarán multas y penas privativas de libertad.
El Presidente Sebastián Piñera, junto al ministro del Interior y Seguridad Pública (S) Juan Francisco Galli, la subsecretaria de Prevención del Delito, María José Gómez, y el delegado presidencial de Los Ríos, César Asenjo, promulgó la nueva ley que sanciona el comercio ilegal en Chile.
Cabe destacar que el proyecto del ejecutivo ingresó este año, en su proceso de tramitación surgieron diversas discrepancias entre la Cámara Baja y el Senado, dando forma a una Comisión Mixta cuyo informe finalmente fue aprobado por el Congreso Nacional el pasado 3 de diciembre.
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El mandatario, quien interrumpió sus vacaciones para la ceremonia, comenzó diciendo que la iniciativa “es muy importante para la calidad de vida de todas las chilenas y chilenos”, ya que va a permitir “perseguir y sancionar a todas las partes que componen la cadena del comercio ilegal, además de entregar nuevas y mejores herramientas a las policías, a Carabineros, a los municipios y al Servicio de Impuestos Internos para perseguir con mayor eficacia al comercio ilegal”.
A pesar de la larga tramitación, el Presidente agradeció al Congreso la aprobación y señaló que lo más importante son las nuevas y mejores herramientas para controlar, fiscalizar y sancionar al comercio ambulante.
En cuanto a las multas, estas varían entre 0,5 UTM a 2 UTM, y en caso de reincidencia se establece una multa que va desde las 2 UTM a las 4 UTM. En tanto, respecto a las sanciones por infracciones tributarias, para el comercio sin declaración y pago de impuestos se arriesga una multa del 50% y hasta el 400% de los impuestos que fueron eludidos y con presidio menor que va desde los 61 días a los 5 años.
En el caso del comercio ambulante, las multas inician desde 1 unidad tributaria anual a 10 UTM anuales, además de presidio menor que también va de los 61 días a 5 años. La reincidencia será sancionada con pena de presidio en su grado medio a máximo que va desde 541 días a 5 años.