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Tipos de quiebra: ¿Cómo identifico el procedimiento que necesito para “salvar” mi emprendimiento?

Autor: Comerciante, publicado el

De acuerdo al catastro de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), a marzo 2023, se registran un total de 2.770 empresas en algún tipo de proceso de insolvencia (Reorganización concursal, liquidación voluntaria o liquidación forzosa son los que predominan).

El catastro entregado por Superir, registró un total de 2.770 casos vigentes de empresas en situación de quiebra hasta finales de marzo 2023, de las cuales un 82,53% corresponde a micro y pequeñas empresas, develando una realidad dentro del emprendimiento nacional. Bajo esta problemática, existen tres tipos de procedimientos a los que las empresas pueden acogerse en sus procesos de quiebra.

El primero de ellos es la reorganización concursal, un proceso legal que permite a las empresas en dificultades reestructurar sus deudas y activos para evitar la quiebra o la liquidación. Se abre un espacio para negociar con sus acreedores, reestructurando el plan de pago de sus deudas y desarrollando un plan de reorganización considerando la estructura del negocio y su posterior gestión. Esta alternativa le va a permitir a la empresa continuar operando, con el objetivo de ser más eficiente y rentable a largo plazo.

Durante una reorganización concursal, la empresa puede vender algunos de sus activos no esenciales para reducir su carga financiera. Todo este proceso, mientras este vigente, es supervisado por un veedor consursal, además de un juez o administrador judicial con el fin de garantizar que las partes involucradas (proveedores, acreedores, entre otros) sean tratadas de manera justa y equitativa.

Vicente Cruz, CEO de la plataforma digital Sheriff , explica que, “este proceso es recomendable para empresas que están enfrentando dificultades financieras y que no tienen suficientes activos para pagar todas sus deudas. Es una opción viable para empresas que desean continuar operando y que están dispuestas a trabajar con sus acreedores para reestructurar sus deudas y activos”.

Por otro lado, la liquidación voluntaria es un proceso mediante el cual una empresa decide poner fin a su actividad y procede a la venta de todos sus activos. Los ingresos generados por esta venta se distribuyen entre sus trabajadores, acreedores, proveedores y accionistas según un orden de pago preestablecido. De acuerdo a dicho catastro, a marzo 23 se registran 1.433 casos de este tipo.

Finalmente, otra de las figuras existentes es la liquidación forzosa, la cual es cuando una empresa no puede cumplir con sus obligaciones financieras y continuar operando de manera viable. “En este caso, un juez o un tribunal puede ordenar la liquidación de la empresa y la venta de todos sus activos para pagar sus deudas”, enfatiza Cruz. El proceso es similar al de la liquidación voluntaria, pero en este caso, la empresa no tiene la opción de decidir su cierre y liquidación, sino que es obligada por un tercero.

En este tipo de procedimientos, los casos ascienden a ​​1.113, siendo el sector más comprometido el de la construcción, con 23,8% de estas bajo liquidación forzosa.

“Es muy importante que las empresas se anticipen a los procesos de insolvencia y busquen ayuda especializada lo más rápido posible. Muchas veces una empresa puede evitar llegar a una liquidación tomando medidas preventivas tales como; reducción de costos, eliminación de clientes o productos no rentables, mejora en gestión de precios o cambio de proveedores”, recomienda Ernesto Solís, Senior Partner de Fix Partners y presidente de Turnaround Management Association (TMA).

Cabe destacar que estos procedimientos se solicitan ante el Poder Judicial, en algún Tribunal Civil de conveniencia.